Transparencia
“La Cámara de Cuentas de la República Dominicana deberá publicar cada año, en la forma en que ésta determine, los resultados de las auditorias anuales realizadas a los municipios y distritos municipales en cuanto a la eficacia y eficiencia presupuestaria de acuerdo con lo establecido en la presente ley.” (Art. 21 Párrafo V, Ley 176-07)